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Inmigración e identidad

Redaccion Avances 25/10/2026 - 06.00.hs

Nicolás Avellaneda promulgó hace 150 años una ley nacional que regulaba la inmigración en Argentina. A partir de ese momento, millones de italianos cruzaron el océano en busca de un destino mejor y La Pampa no quedó exenta.

 

José Francisco Minetto *

 

El 19 de octubre de 1876, hace exactamente 150 años, el presidente Nicolás Avellaneda promulgaba la Ley 817 de Inmigración y Colonización. No era una ley más. Era la primera ley nacional que regulaba la inmigración en Argentina, la que conocemos como Ley Avellaneda.

 

¿Qué decía? Definía como inmigrante a “todo extranjero jornalero, artesano, industrial, agricultor o profesor que, siendo menor de 60 años y acreditando su moralidad y aptitudes, llegase a la República para establecerse”. Y creaba el Departamento General de Inmigración, con agentes en Europa encargados de hacer “una continua propaganda” y hasta pagarles el pasaje.

 

Entre 1876 y 1930, más de 2 millones de italianos cruzaron el Atlántico en segunda o tercera clase, como establecía la ley, tras nuevas oportunidades. En un primer momento eran de las regiones de Piamonte, Lombardía y Friuli-Venezia-Giulia; después, masivamente, del centro y del sur: umbros. abruceses, marchegianos, sardos, sicilianos, calabreses y campanos que huían del latifundio y la miseria.

 

La Ley 817 consta de dos partes: inmigración y colonización. La segunda parte dividía los territorios nacionales en secciones de 20 km de lado, con lotes de 100 hectáreas, cuatro para el pueblo y 76 para el ejido.

 

Contexto de 1876.

 

Argentina tenía 2,3 millones de habitantes en 3 millones de km2. Europa estaba en plena crisis agraria y persecución política post-unificación italiana (1861) y alemana. La ampliación del capitalismo industrial sumado a la división del trabajo a nivel mundial al que se integraba Argentina a través del modelo agro-exportador necesita brazos.

 

Avellaneda, en su mensaje del 1º de mayo de 1876, habla de la “necesidad imperiosa de atraer la inmigración”. No hacía más que acatar lo que señalaba la Constitución de 1853, art. 25, ya decía “el Gobierno federal fomentará la inmigración europea” por ello la Ley 817 es el instrumento que le dio recursos y estructura a ese mandato constitucional.

 

La ley tenía 121 artículos divididos en dos partes bien diferenciadas: la primera parte: “De la Inmigración” (60 artículos, 10 capítulos) que siguió vigente en su espíritu hasta el Decreto de Jorge Rafael Videla en 1981 y la segunda parte “De la Colonización” (61 artículos) fue derogada en 1903 por la Ley 4167 de Venta y Arrendamiento de Tierras Fiscales.

 

La primera parte era neurálgica pues los primeros cuatro artículos dejan establecida la creación del aparato estatal al erigir el Departamento General de Inmigración bajo el Ministerio del Interior. El Poder Ejecutivo quedaba facultado para nombrar agentes en Europa y América con una misión explícita: “desarrollar una continua propaganda, proporcionar gratuitamente informes a los interesados, certificar sobre la conducta y aptitud industrial del inmigrante, intervenir en los contratos de transporte y, en algunos casos, pagar sus pasajes”. Es decir, el Estado argentino se convierte en agente de propaganda migratoria, para el caso de Italia en Génova, Nápoles y Milán. Más adelante particularmente es su Artículo número 12 definía al inmigrante como “todo extranjero jornalero, artesano, industrial, agricultor o profesor que siendo menor de sesenta años y acreditando su moralidad y sus aptitudes, llegue a la República para establecerse en ella, en buques a vapor o a vela, pagando pasaje de segunda o tercera clase o teniendo el pasaje pagado por cuenta de la Nación, de las provincias o de empresas particulares”.

 

Desde el artículo 14 al 30 se describían los derechos y beneficios para los inmigrantes como alojamiento y manutención gratuita durante 5 a 8 días en el Hotel de Inmigrantes, traslado gratuito por cuenta de la Nación a cualquier punto de la República donde quisiera fijar su residencia, introducción libre de derechos de sus ropas, muebles, herramientas y útiles de trabajo además de facilidades para conseguir trabajo y colocación a través de las Oficinas de Trabajo.

 

Los italianos fueron de los más beneficiados debido a una importante red de agentes argentinos, como señalábamos, pero también italianos que se sumaban a la política pro inmigración del gobierno argentino, en 1876 había agentes en Génova, Nápoles y Palermo.

 

A esto se le sumaba una situación complicada en la Península las continuas escaramuzas bélicas en el proceso de Risorgimento sumado a la crisis de la producción de la seda, la plaga extendida de la filoxera en los viñedos y, en el sur, el latifundio fue el combo que acicateo la elección de inmigrar tras. Es así que entre 1881 y 1914, llegaron a Argentina 1.800.000 italianos. Los perfiles a grandes rasgos podemos señalar que los piamonteses trajeron el saber de la chacra mixta (trigo, alfalfa y crianza de animales) el calabrés, los oriundos del véneto y los sicilianos, el trabajo jornalero que después se hizo contratista todos con conocimiento en la vitivinicultura.

 

La ley fracasó parcialmente en su objetivo de evitar el latifundio. Aunque quería colonos propietarios, la Ley 4167 de 1903 permitió la venta de grandes extensiones y muchos colonos terminaron como arrendatarios a modo de ejemplo, en La Pampa, los dos latifundios más importantes fueron Estancias y Colonias Trenel y la Guatraché land Company. De este proceso nace el Grito de Alcorta de 1912, liderado por italianos e hijos de estos que agrupados en la Società italiana di Mutuo Soccorso de Alcorta en la provincia de Santa Fe dieron el puntapié inicial a lo que luego fue la Federación Agraria Argentina.

 

Por otro lado, sin dudas el éxito demográfico es indiscutible; le dio a Argentina 6 millones de inmigrantes entre 1876 y 1930. Y en particular a La Pampa parte de su identidad: al punto de que el 60% de los apellidos en 1920 eran de ascendencia italiana.

 

* ExVicepresidente, Club Italiano de Santa Rosa (2010/2012)

 

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