Condenaron a 10 años de prisión a un hombre por abusar de sus dos sobrinos
(General Pico / Agencia) - La jueza de audiencia de esta ciudad, María José Gianinetto, condenó hoy a 10 años de prisión a un hombre (44 años) que abusó de sus dos sobrinos. La magistrada lo encontró culpable de los cargos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda (un hecho), en perjuicio de una sobrina; y abuso sexual simple (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal (un hecho), en perjuicio de un sobrino.
Además, mandó a investigar al padre del imputado y abuelo de las víctimas, porque presenció uno de los hechos y no hizo nada para evitarlo.
Gianinetto acreditó que en reiteradas oportunidades el imputado abusó sexualmente de su sobrina, cuando la niña tenía entre 8 y 13 años; y de su sobrino de 13 años. Los hechos ocurrieron cuando ambos se encontraban en la casa de su abuela.
La causa se debatió a lo largo de tres jornadas con la intervención de la fiscala Andreina Montes, del querellante particular Mauro Fernández, en representación de la madre de las víctimas, y de los defensores particulares Mariano Sánchez y Juan Carlos De La Vega.
En los alegatos de clausura, la fiscala pidió 10 años de prisión; a lo cual adhirió la parte querellante. En tanto, la defensa solicitó la nulidad de los informes de Cámara Gesell y las pericias realizadas por el psicólogo forense; y la absolución del acusado por el beneficio de la duda. De manera subsidiaria, solicitó que se lo condenara por abuso sexual simple a un año de prisión.
La magistrada señaló que “por el contexto en que se produjeron los hechos” y por las edades de las víctimas, el caso debe ser analizado bajo los estándares de las leyes 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres y 26.061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
También resaltó el contexto de violencia que rodeó a lo ocurrido, e indicó que ello probablemente llevó a “los entonces niña y niño a callar el primer abuso perpetrado por quien era una persona de confianza, tal como el hermano de su madre”.
Al momento de fijar la pena, valoró como una circunstancia agravante los antecedentes penales del imputado, quien fuera condenado el 1 de agosto de 2018 a siete meses de prisión, por el delito de violación de domicilio y, el 7 de octubre de 2021 a cuatro años y seis meses de prisión por amenazas simples, daño simple, lesiones leves calificadas por el vínculo, lesiones leves y amenazas calificadas por el uso de arma.
Asimismo, consideró que no se trató de un hecho aislado, sino que fueron varias agresiones sexuales y en perjuicio de dos víctimas distintas.
Cuestionó conducta.
La jueza además cuestionó la conducta del padre del imputado y abuelo de las víctimas, de quien dijo que deberá ser investigado por la Fiscalía.
Gianinetto dijo que el abuelo “corrió las cortinas de la habitación donde estaba siendo sometido sexualmente su nieto por parte de su propio hijo (...), pero lejos de detener la situación que tenía ante sus ojos, se limitó a decirle a su hijo ‘vení para acá’”.
Concluyó la magistrada que “esta conducta no sólo resulta repugnante moralmente, más si consideramos la declaración posterior en este debate ejercida en plena defensa de su hijo: sino que además quizá incurrió en una conducta que merece un reproche por omisión”. Por ello, instó a la fiscalía a investigar esa circunstancia para que evalúe si el abuelo cometió algún delito penal.
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