Prohíben actividades deportivas de alto riesgo durante el verano
Ante la llegada de la temporada estival, en la cual un gran número de visitantes salen de vacaciones, un parque provincial tomó la determinación de suspender los deportes de alto riesgo. La decisión se tomó para que los equipos médicos y de rescate estén abocados a emergencias. Se esperan graves sanciones para las personas que incumplan las disposiciones.
La Dirección de Áreas Protegidas del Ministerio de Energía y Ambiente del gobierno de la provincia de Mendoza dispuso la prohibición de actividades deportivas de alto riesgo dentro del Parque Provincial Aconcagua.
Según un comunicado oficial, la medida estará vigente entre el 20 de diciembre de 2026 y el 1 de febrero de 2027. El objetivo es reducir los riesgos de accidentes en los meses de mayor afluencia de turistas al lugar y así poder tener disponibilidad de los equipos de asistencia médica, guardaparques y rescate.
El senderismo y el andinismo seguirán estando permitidos. Las actividades que se prohíben son el ascenso por la Pared Sur del Aconcagua, el esquí en glaciares, el parapente, el salto BASE y cualquier otra actividad que conlleve riesgos elevados.
“La resolución establece que estas actividades únicamente podrán recibir autorizaciones excepcionales en dos períodos: del 1 de noviembre al 20 de diciembre y del 1 de febrero al 30 de abril. Cada solicitud deberá presentarse con una anticipación mínima de 30 días hábiles, sin excepciones”, explicó el director de Áreas Protegidas, Iván Funes Pinter.
Proteger
El funcionario precisó que la mayor cantidad de visitantes al Parque llega entre el 25 de diciembre y el 1 de febrero. Esta situación suele generar un aumento de la demanda sobre los servicios de control, asistencia médica y rescate.
Las actividades de alto riesgo exigen más planificación, seguridad y disponibilidad de personal y recursos. De esta manera, con la prohibición se intenta evitar que estos deportes ejerzan presión sobre los equipos de emergencia y se pueda garantizar mejor protección de los visitantes y el personal de rescate para que puedan brindar una respuesta adecuada ante los incidentes.
Autorizaciones y sanciones
El gobierno de Mendoza detalló que las personas que quieran practicar deportes de alto riesgo en los periodos permitidos (1 de noviembre al 20 de diciembre y 1 de febrero al 30 de abril) tendrán que presentar solicitud con 30 días hábiles de anticipación.
Luego, la Dirección de Áreas Protegidas analizará cada solicitud e informará sobre la fecha autorizada para desarrollar la actividad. En el pedido, se deben especificar las rutas, los cronogramas y los itinerarios previstos. Para modificar esta planificación se deberá dar previo aviso a las autoridades.
“En caso de incumplimiento, la Dirección podrá ordenar la suspensión inmediata de la actividad, inhabilitar a los responsables para solicitar nuevas autorizaciones durante la temporada en curso y remitir las actuaciones para la aplicación de las sanciones previstas por la Ley Provincial 6045 de Áreas Naturales Protegidas”, advirtió el gobierno mendocino.
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